es por lo que esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, considera improcedente seguir conociendo del presente asunto, por lo que en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus atribuciones legales acuerda: El CIERRE y ARCHIVO DEFINITIVO del presente asunto, incoado por la ciudadana JACQUELINE MARGARITA FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número 3.192.969, madre de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, de quince años de edad para la fecha, asistida del Defensor Público Primero de Protección, Doctor Yldegar García, mediante el cual solicita se autorice el ingreso de la mencionada adolescente al Internado Judicial de San Antonio, para efectuar visitas al ciudadano JOSE ANTONIO FRONTADO LÓPEZ, quien en su decir es concubino de la mencionada adolescente. Así se declara.
Notifíquese a la solici.....