En base a lo señalamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara EL CUMPLIMENTO DE LA PENA PRINCIPAL y ACCESORIA, y en consecuencia, el cese de Régimen de prueba a favor JULIO CESAR ALFONZO, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 22 de agosto de 1980, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.545.887, con residencia en la Urbanización San Pedro, Las Casitas, N° 16, Vereda 4, cerca del Abasto Cochemar, Isla de Coche, Estado Nueva Esparta.
Regístrese, déjese copia, remítase copia certificada de lo aquí explanado a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario del Estado Nueva Esparta. Notifíquense a las partes, cítese al penado para imponerlo de la decisión. Ofíciese lo conducente. CÚMPLASE.-.....