DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda: PRIMERO: Se declaran penalmente responsable a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA antes plenamente identificados, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Consumo y el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Las sanciones impuestas se encuentran contenidas en el artículo 620 literales b y d, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y referida la primera de ellas a la IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de SEIS (6) MESES, para el adolescente LUIS BELTRAN MARTINEZ GARCIA, y en cuanto a la segunda sanción referida a la imposición de LIBERTAD ASISTI.....