DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda por resolución de contrato de venta, interpuesta el HECTOR LUIS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.150.102 y de profesión abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 12.656, ciudadana ROSA IDALIA BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.384.501.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de compra-venta registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Díaz, de este Estado Nueva Esparta bajo el Nro. 11, folio 453al 48, tomo 02 protocolo Primero Tercer Trimestre de 1999 en fecha 14-07-1999, entre el ciudadano HECTOR LUIS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.150.102 y de p.....