... éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por haberse hecho la acumulación prohibida a que hace alusión el artículo 78 eiusdem, propuesta por la parte demandada, ciudadano JOSE DE LOS SANTOS SALAZAR NARVAEZ. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda intentada por los ciudadanos ROSA SALAZAR MARCANO Y OTRO contra el ciudadano JOSE DE LOS SANTOS SALAZAR NARVAEZ, en virtud de existir una inepta acumulación de pretensiones. TERCERO: Se condena en costas de la presente incidencia a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.