Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana BELKIS DEL CARMEN MUÑOZ NAVARRO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V.-13.011.056, domiciliada en el Sector Nazareno, calle Principal, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano: ANDRIS ROMERO LOAIZA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.420.924, domiciliado en el Sector Nazareno, calle 1, Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en favor de sus hijos: (IDENTIDADES OMITIDAS)ROMERO MUÑOZ, de 17, 16, 14,.....