En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA INNOMINADA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA DE LA NACIÓN, A LA BIODIVERCIDAD Y AL TRABAJO; sobre el fundo agropecuario El Guaco, siendo una unidad de producción, enmarcada con una superficie total de dos mil quinientas cuarenta y nueve hectáreas con noventa y nueve áreas (2.549,99 Has), alinderado de la siguiente manera: NORTE: lotes de terreno que son o fueron de Nerio Soplete, Benito Cruz y Hacienda Aponcito; SUR: carretera asfaltada San Felipe- El Guamito; ESTE: Rio Guaco y OESTE: carretera asfaltada San Felipe- El Guamito; a favor de la Sociedad Mercantil "GANADERIA 10-56, COMPAÑÍA ANONIMA", anteriormente identificada; en contra de cualquier acto perturbatorio que este des.....