Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos LUIS RICARDO FINOL GONZALEZ Y ANA GABRIELA HIDALGO ROMERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.708.365 Y 15.982.155 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en Maracaibo del Estado Zulia, el día 15 de agosto del 2009, por ante el Jefe Civil en la Ciudad de San Cristóbal Capital del Estado Táchira, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 77.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes, y que se expidan las copias certificadas solicitadas.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.....