PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano VICTOR RAMON ALMEIDA y la Sociedad Mercantil VICTOR¿ S AMERICAN BAR, C.A., en contra de los ciudadanos FRANCISCO MONAGAS, CARLA RISPETTI Y MAURO RISPETTI, todos antes identificados.
SEGUNDO: Se ordena a los demandados, ciudadanos FRANCISCO MONAGAS, CARLA RISPETTI y MAURO RISPETTI a que como formula restitutoria eliminen los candados, cadenas y cerraduras colocadas por ello en la oportunidad antes mencionada - con el propósito de impedir el acceso del ciudadano VICTOR ALMEIDA al local ocupado por la empresa que igualmente representa VICTOR¿ S BAR y más aun que esta ejerce su actividad-, y consecuencialmente procedan a la entrega inmediata del local con el propósito de que dicha empresa continúe desarrollando su actividad económica.
TERCERO: De conformidad con el artículo 17 y 170 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir copia certificada del presente expediente mediante oficio a la Fiscalía .....