SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se le seguía a la Ciudadana ESTER MARGARITA ORTIZ PEROZO, venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacida el 06 de Febrero de 1.981, de 23 años de edad, Soltera, de profesión u oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.006.685, residenciada en la Calle San Nicolás, Casa N 10-55, Porlamar, Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo pautado en los artículos 45, 318 aparte infine, 322, en concordancia con el artículo 48 Ordinal 7º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en consecuencia se ordena el cese de cualquier medida o régimen que esté cumpliendo las precitadas ciudadanas. Ofíciese lo conducente al la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como a la Unidad Técnica de Ap.....