Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la CONVERSION DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al ciudadano ROXO JOSE MENDOZA TORIN, Cédula de Identidad N° 9.559.135, hasta el 04/01/07. en virtud de haber cumplido en su totalidad las tres cuartas (3/4) partes de la pena de Ocho Años de Prisión que le fuera impuesta por la comisión del delito de Hurto Calificado, todo de conformidad a lo que se contrae el artículo 52 del Código Penal, el cual lo cumplirá en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Avenida 45 entre calles 25 y 36 frente a Cantimba El Guayabo, Acarigua Estado Portuguesa Sra. Yalile Josefina Virguez. Líbrese boleta de excarcelación anexa a oficio dirigido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara y Oficio al Prefecto de Acarigua Estado.....