Obligación de Manutención: Primero: El padre aportara SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 7500) los quince y SIETE MIL QUINIENTOS (Bs. 7500) los últimos para un total de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000) mensuales. Los gastos médicos y medicinas de forma compartida. En cuanto al bono escolar (útiles, uniformes, zapatos, etc.) y el bono navideño de forma compartida. Quedando ambas partes de acuerdo con lo establecido de la obligación de manutención que será depositada en la cuenta de ahorro del banco Mercantil, cuenta corriente numero 01050052491052280250 a nombre de Ruthny Carolina Isturdy. Segundo: La cantidad a suministrar por concepto de obligación de manutención se fijara en una suma de dinero de curso legal, para lo cual se tomara como referencia el salario mínimo mensual que haya establecido el ejecutivo nacional, para el momento en que dicte la decisión. En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de .....