DISPOSITIVO.
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: Se decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, JOSE JANNEEL BRICEÑO PACHECO y STEFANY VIRGINIA RINCÓN HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cedula de identidad N° V-22.374.019 y 21.382.806, respectivamente.
SEGUNDO: En cuanto al pedimento realizado por los solicitantes, a la notificación del Fiscal del Ministerio Público este Juzgador aclara a los mencionados ciudadanos que el procedimiento de separación de cuerpos por mutuo consentimiento no se requiere la intervención del representante del Ministerio Público, como parte de buena fe, tal intervención es necesaria solo en las causas de divor.....