Seguidamente el Tribunal Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara legalmente embargado preventivamente los bienes señalados y descritos con anterioridad por la cantidad de SEISCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 616.467,50). En este estado presente la apoderada judicial de la parte demandada, ya identificada, expuso: Solicito al tribunal en nombre de mi representado, que de conformidad con el articulo 11 de la Ley sobre deposito judicial se me deje en posesión de los bienes legalmente embargados en este acto en calidad de guardador y responsable. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, ya identificado, expuso: En virtud de la imposibilidad material de ejecutar la desaprehension de los bienes embargados cautelarmente por razones de carácter logístico aceptamos la propuesta efectuada por la apoderada demandada a los fines que se le designe como gua.....