En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por la sociedad mercantil OKITRAVEL VIAJES Y TURISMO COMPAÑÍA ANÓNIMA (OKITRAVEL VYT C.A.), debidamente domiciliada en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, e inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el día ocho (08) de marzo de dos mil seis 2006, quedando anotada bajo el No.43, Tomo 18-A, en contra de la sociedad mercantil PRODUCTORA DE PULGAS SOLEDAD PROPULSO, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Dis.....