Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada en ejercicio DEISY GIL VELASQUEZ (INPRE N° 51.646), en su carácter de Representante Legal de la Empresa ENERGÍA ELECTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN), en contra del auto dictado en fecha 17 de Octubre de 2003 por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el cual previa solicitud Fiscal, ordenó la LIBERTAD del ciudadano JUAN CARLOS MAYA MAYA titular de la Cédula de Identidad N° 16.118.628, en virtud de no encontrarse involucrado en delito alguno y sólo seria responsable del pago de multa; en la causa N° 10C-1292-03 seguida al mencionado ciudadano a quien se le atribuía la presunta comisión del delito de HURTO DE ELECTRICIDA.....