En nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia, por autoridad de la Ley, anula de oficio el fallo apelado, declara la nulidad del mismo y ordena la reposición de la causa al estado en que el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, conteste con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, admita nuevamente la demanda interpuesta contra la sociedad mercantil Precisión Drilling de Venezuela C.A., y ejerza el despacho saneador, ordenando la subsanación del libelo mediante la incorporación de los ciudadanos Loriann Villegas Vílchez, Franyel Villegas Vílchez, Jesús Villegas Vílchez, Christybell Villegas Vílchez y Vanesa Villegas Vílchez.