En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos JENIRE CAROLINA CHACIN CARRASQUERO y CARLOS JOSE TERAN FERREBUS, en fecha veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil seis (2006) ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual quedó inserto en el acta número 449, correspondiente al año dos mil seis (2006).-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Ma.....