En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA A LA BIODIVERSIDAD Y AL AMBIENTE; sobre el fundo agropecuario CAÑO DE LA JABILLA, ubicado en el sector Barranquitas, Parroquia Donaldo García, Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, el cual cuenta con una cabida aproximada de NOVECIENTAS SESENTA Y OCHO HECTÁREAS CON DIECISITE METROS CUADRADOS (968,17 has), y se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Hacienda La Victoria propiedad que es o fue de Néstor Bohórquez; SUR: Hacienda L a Iguana, propiedad que es o fue de Luís Guillermo García Romero; ESTE: El Lago de Maracaibo y OESTE: Con carretera que conduce del Río Palmar al Río Apón; en contra de cualquier acto perturbatorio d.....