DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos Nolberto Enrique Paz Andrade y Wanda Josefina Herrera Rangel, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.862.338 y 4.750.695 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio María Victoria Granado Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.059.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Nolberto Enrique Paz Andrade y Wanda Josefina Herrera Rangel, venezolanos, mayores de edad, titulares de las .....