Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de basada en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos EDITH LUZ RODRÍGUEZ MIRANDA y ENYERBETH JOSÉ AGUILERA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 19.934.125 y 19.072.451, respectivamente, ambos domiciliados en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistidos por el profesional del derecho ROBERTO DE JESÚS CARDENAS SUE, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.312.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDITH LUZ RODRÍGUEZ MIRANDA y ENYERBETH JOSÉ AGUILERA TORRES, .....