Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RAFAEL RAMON DIAZ, a los ciudadanos YOSBELY JOSEFINA, NELVIS RAFAEL y BELKIS MARGARITA DIAZ VILCHEZ, en condición de hijos, respectivamente, antes identificados. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, en especial los derechos de las ciudadanas FLORENCIA HERNANDEZ DE DIAZ y LUCIA CAROLINA DIAZ HERNANDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.528.010 y V-20.944.598, en el orden indicado, quienes aparecen señaladas en el acta de defunción como cónyuge o pareja estable de hecho e hija, respectivamente, del causante.
Se ordena devolver las presentes actuaciones en original y expedi.....