DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos NAIRA DEL VALLE VELÁSQUEZ y DIMAS ANTONIO GUTIERREZ CHIRINOS, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.723.054 y 7.838.834, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha trece (13) de Junio del año mil novecientos ochenta y siete (1.987), por ante el Prefecto del Distrito Lagunillas del estado Zulia, inserta bajo el N° 94, Libro N° 1, Año: 1987.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho ELENA ARRÁIZ, inscrita en el Instituto de Previsió.....