Así, en atención a las consideraciones antes expuestas y visto que conforme se evidencia de autos, la parte recurrente no cumplió la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento fijado mediante auto de admisión de fecha 27 de mayo de 2013, configurándose así el supuesto establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que resulta forzoso declarar Desistido el procedimiento recurso incoado por el abogado ALBERT ANTONIO ROJAS, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR RODRÍGUEZ, quien interpuso por ante este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, recurso de nulidad, contra la DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PODER COMUNAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARCANO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. ASÍ SE DECIDE.
III
DECISIÓN
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Su.....