Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del SALARIO que devengue el ciudadano RAFAEL GUMERCINDO JIMENEZ, antes identificado, quien labora como operador de planta en el Complejo Petroquímico ANA MARIA CAMPOS, en los Puertos de Altagracia del Estado Zulia. SEGUNDO: UN VEINTE POR CIENTO (20%), UTILIDADES, AGUINALDOS o BONIFICACIÓN ESPECIAL DE FIN DE AÑO. TERCERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) de las VACACIONES O BONO VACACIONAL, que le pueda corresponder al reclamado. CUARTO: UN CIEN POR CIENTO (100%) de PRIMAS POR HIJOS Y UTILES ESCOLARES. QUINTO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, E INTERESES, CAJA DE AHORRRO, FIDEICOMISO y cualquier otra cantidad que le puedan corresponder al ciudadano antes mencionado, en caso de despido, retiro voluntario .....