ESTE JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara Con Lugar lo solicitado por la defensa en este acto y mantiene la sanción de LIBERTAD ASISTIDA a la adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), ESTADO ZULIA; por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, EN CALIDAD DE COAUTORA, previsto en el articulo 7º, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio del ciudadano Orlando Enrique Quintero Lizardo. Obligación esta que deberá cumplir hasta el día 08-01-2010. SEGUNDO: Se fija fecha próxima de revisión, para el día VIERNES OCHO (08) DE ENERO DE 2010, A LAS ONCE Y TREINTA (11:30) DE LA MAÑANA; a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de la sancione impue.....