PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por las ciudadanas CARMEN SUSANA UREA MELCHOR y LUISA EMILIA UREA MELCHOR en contra de la sociedad mercantil MARGARITA BUILDING CORP C.A., ya identificadas.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil MARGARITA BUILDING CORP C.A. a que en cumplimiento del contrato de opción de compra venta autenticado en fecha 04.01.2007 por ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 32, Tomo 01 efectué la tradición legal del inmueble constituido por una unidad de town house ubicada dentro de la Urbanización denominada Doral Margarita Town House, distinguida con el N° 11, y proceda dentro del lapso que se fije para cumplir voluntariamente con el presente fallo ¿una vez que quede firme¿ a protocolizar el documento definitivo de venta y para que haga entrega formal del inmueble en cuestión, una vez que la parte actora-reconvenida cumpla en la oportunidad que se le indique con consignar el saldo p.....