Con base en los razonamientos expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Control Nº 01 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida contra el adolescentexxxxxxxxxxxxxxx, por la comisión uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD y DECLARA extinguida la Acción Penal, en beneficio del mismo, conforme a lo establecido en el articulo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal y 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niños Niñas y del Adolescente y los artículos 108 ordinal 7 y 281 Ejusdem. En relación a la medida cautelar se ordena Revocar la medida cautelar impuesta en la Audiencia de Calificación de Procedimiento de fecha 28-01-2009, en el literal "C" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, consistente en La Obl.....