Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA NULIDAD DE MATRIMONIO, incoado por la ciudadana MASSIEL MICHELLE MELEÁN DAVALILLO, en contra del ciudadano HEBERT DANIEL MELÉNDEZ IZAGUIRRE, todos identificados con anterioridad.
SEGUNDO: REVOCA la Sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con fecha 15 de noviembre de 2006, en consecuencia se mantiene firme el matrimonio civil celebrado entre las partes intervinientes en la presente causa, el día 08 de abril de 2006.
TERCERO: No existe condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.