DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la presente causa seguida al acusado Juan Carlos Ortega Mejia, venezolano, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 17.684.401, hijo de José Ortega y Rosa Mejias, residenciado en la avenida Universidad con avenida 16 Delicias, calle 15D CASA No. 61-62 Municipio Maracaibo, Estado Zulia, como CO-autor del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor cometido en perjuicio de Johan Enrique Fuenmayor Morillo, por cuanto ha sobrevenido durante el proceso la muerte del acusado tal como consta en actas, todo de conformidad con lo establecido en el articulo antes 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, todo en atención a lo pautado en los ar.....