PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto en fecha seis (6) de Julio de dos mil siete (2007), por los representantes de la Defensa Privada del imputado, Abogados Diómedes Alejandro Potentini Pérez y Alí Romero, fundado en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión judicial (Auto) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha veintisiete (27) de Junio del año dos mil siete (2007) mediante la cual decreta Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad contra el imputado Ciudadano Carlos Alejo Albornoz Salazar, en la causa incoada en su contra por la presunta comisión de los Delitos de Privación Ilegítima de Libertad y Desaparición Forzada de Personas, previstos y sancionados en los respectivos artículos 176 y 180.A del Código Penal Vigente.SEGUNDO: NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTO DE INDIVIDUALIZACION Y CONSECUENTE, DECISION JUDICIAL (AUTO) .....