DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados ALEXANDER ELIAS PICHARDO BERMUDEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de 21 años de edad, nacido el 22-02-83, titular de la Cédula de Identidad No. 18.007.531, hijo de Alexis Pichardo y Marisol Bermudez, residenciado en el Barrio La Revancha calle y casa sin número a una cuadra del depósito de licores El Chino, de esta ciudad a cumplir la pena de SIETE AÑOS, SEIS MESES Y VEINTE DIAS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 13 y 34 del Código Penal, por el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 460 y 278 del Código penal, cometido en perjuicio del ciudadano ALVARO GOMEZ, y GILBERT JOSE SEBRIANT ROSALES, Venezolano, natural de Maracaibo, de 19 años de ed.....