Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la falta de interés en el trámite de la solicitud interpuesta por los ciudadanos ciudadanos, CHARLIE ELVIS GAMARRA CHERO y DANNY EVER GAMARRA CHERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad Nros. V-22.078.984 y V-22.484.376, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente representados por la abogada en ejercicio LEYDI MAOLI DIAZ GARCIA, antes identificada en actas, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo de la solicitud.
Se acuerda remitir la presente solicitud a la Oficina de Archivo Judicial, previa inclusión en el legajo correspondiente......