En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JHONNY JONATHAN CASTILLO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 14.175.140, contra la empresa Resguardo y Seguridad Industrial, C. A. (en lo sucesivo RESEINCA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18 de Mayo de 1.992, anotada bajo el número 21, Tomo 11-A., las cantidades arribas señaladas en la parte motiva y que aquí se dan por reproducidas.