´DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por representación judicial de la parte actora-recurrente, en contra de la decisión emanada por el TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha quince (15) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por representación judicial de la parte demandada-recurrente, en contra de la decisión emanada por el TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha quince (15) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). TERCERO: SE CONFIRMA el fallo proferido por el TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA IN.....