PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO) presentada por los ciudadanos MARIO MANUEL CACERES PARRA y GABRIELA DEL VALLE CARIACO HERRERA, titulares de las cédulas de identidad N° V-25.157.313 y V-24.724.845 respectivamente, mediante su Apoderada Judicial, identificada anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado ante el Registro Civil del Municipio Antonio Díaz del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha veintidós (22) de enero de dos mil dieciséis (2016), la cual quedó inserta bajo el Nº 10, folio 10, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por la Oficina de Registro Civil del Municipio Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena con.....