DECISIÓN
Por todos los argumentos de hecho y de Derecho analizados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar:
1) SIN LUGAR la denuncia de Fraude Procesal interpuesta incidentalmente en la presente causa.
2) SIN LUGAR la demanda de Desalojo, intentada por la ciudadana BETTY DEL CARMEN CEDEÑO DE MARTÍNEZ, en contra del EDIN ELIGIO LOPEZ LUZARDO, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo
2) Se condena en costas procesales a la parte demandante, por haber sido totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se hace constar que los Abogados en ejercicio ELDY BELISSA MAZA CARDOZO, BETSY VAN.....