DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas este: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana ERIKA COROMOTO PÉREZ, en contra de la Sociedad Mercantil ITALCAMBIO C.A..
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil ITALCAMBIO C.A. a cancelar a la ciudadana ERIKA COROMOTO PÉRE, la cantidad de ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA NUEVE BOLÍVARES (Bs. 11.339,oo).
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios y la indexación, sobre las cantidades condenadas a pagar por los conceptos ajenos a la prestación de antigüedad, cuyo monto se determinará mediante experticia Complementaria del fallo, por experto designado por el tribunal correspondiente y de acuerdo a los l.....