Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Decreta, PRIMERO: el Sobreseimiento de la causa penal signada por este Despacho con el N° CO2-0250-2000, seguida contra el ciudadano ESTEBAN JOSE MATIAS, por la presunta comisión del delito de FALSA ATESTACIÓN DE LA IDENTIDAD ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 321 (hoy 320) del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, dada la solicitud interpuesta por el representante de la Fiscalia Décima Sexta del Ministerio Público del Estado Zulia, Abogados JOSE ANGEL CAMACHO REYES, y por vía de consecuencia, declara extinguida el ejercicio de la acción penal, al haber prescrito la misma por el transcurso del tiempo, de confo.....