DECISIÓN
Por las reflexiones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 24 de la Constitución del República Bolivariana de Venezuela, 471.1, 473 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes determinaciones:
PRIMERO: Declara CON LUGAR EL RECURSO DE REVISIÓN de Sentencia interpuesto por el recurrente, a favor del penado MANFRED RUTGERS, contra la sentencia emitida en fecha 09 de julio de 2003, por el Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, que lo condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Modifica el quantum de la pen.....