En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los siguientes conceptos: PRIMERO: EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo ó salario, Horas Extras, Bono nocturnos, Bono de transporte, Bono alimentario, Vacaciones, Utilidades o Aguinaldos. SEGUNDO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES que le pueda corresponder al ciudadano JEAN EMILE DUDEY, como trabajador al servicio de la empresa PRIDE INTERNACIONAL, para el momento del retiro del lugar de trabajo, por la causa que fuere. Se le informa al notificado
que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero correspondiente deberán ser remitidas en cheque de gerencia, a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUN.....