II
DECISIÓN:
En virtud de las precedentes consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el acuerdo transaccional, presentado por la abogada en ejercicio Ana Carlota López Romero, suficientemente identificada, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil SEGUROS COPORATIVOS, C.A, como parte co-demandada, en la demanda por Cobro de Bolívares, incoada por la Sociedad Mercantil CENTRO RAFAEL URDANETA, S.A. (CRU) contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA PROYECTOS 74, C.A., y su fiadora solidaria y principal pagadora la Sociedad Mercantil SEGUROS COPORATIVOS, C.A.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.3.....