-V-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, incoado por el profesional del Derecho ciudadano CARLOS MORELL FRANCHI, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.031 actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORES VENEZUELA, S. A., contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa de fecha 7 de diciembre de 2011 signada con el N° 0687-2011 y notificada en fecha 10 de septiembre de 2012 dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ZULIA (DIRESAT-ZULIA), del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. SEGUNDO: SE ADMITE, cuanto h.....