Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por Cumplimiento de Contrato de Compra-Venta propuesta por el ciudadano José Antonio Núñez Flores, en contra de la ciudadana Yelitza del Carmen Reverol Fuenmayor, suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ciudadana Yelitza del Carmen Reverol Fuenmayor, cancelar al ciudadano José Antonio Núñez Flores la cantidad de Treinta y Cuatro Mil Veintinueve Bolívares con Sesenta y Cuatro Céntimos de Bolívar (Bs. 34.029,64), con ocasión a lo adeudado por efecto del contrato de compra-venta, demandado de cumplimiento. TERCERO: SIN LUGAR la reconvención propuesta por la demandada ciudadana Yelitza Reverol en contra del demandante ciudadano José Antoni.....