declara:
1. PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana LISETTE COROMOTO CHACON HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No: 11.864.813; en contra del ciudadano SILFREDO SEGUNDO CABRERA MACHADO, titular de la cédula de identidad No: 7.769.958; y en beneficio de su hijo DIEGO ARMANDO CABRERA CHACON
2. MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 1, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal, en fecha 16 de Julio de 2003, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El Veinte por ciento (20%) de el sueldo mensual que devenga el ciudadano SILFREDO SEGUNDO CABRERA MACHADO, para satisfacer la pensión alimentaría de su menor hijo, el Veinte por ciento (20%) anual de las utilidades o bonificación especial de fin de año.....