Ante los supuestos antes mencionados, se observa que en el caso bajo estudio, con las pruebas aportadas por la demandante, las cuales no fueron impugnadas por los demandados, se determina que se trata de una unión no matrimonial, que hubo permanencia en tal estado, que ninguno de los concubinos estaba casado, verificándose tal estado en la copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano ELIO DE JESUS BERMUDEZ SANCHEZ, en la que se indica que era de estado civil "soltero", agregada a las actas en el folio tres (03); en el justificativo de testigos que se encuentra agregado desde el folio cuatro (04) al folio siete (07); en las fotocopias de las cédulas consignadas, agregadas a las actas en los folios veinticinco (25) y treinta y uno (31); cumpliéndose de tal manera con los supuestos para declarar la procedencia del concubinato, aunado al cumplimiento de tales requisitos, los demandados, convienen en los hechos narrados y el derecho invocado por la actora, estableciéndose que.....