En atención a las consideraciones que anteceden este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la solicitud de Desestimación de la Denuncia, presentada por el ciudadano Francisco German López Caripa, titular de la cedula de identidad Nº V-10.769.931, peticionada por la Fiscalia Octava del Ministerio Publico, por considerar que en relación a los hechos denunciados pudiéramos estar presencia de circunstancias que revisten carácter penal, dado que el denunciante señala que le fue sustraída de una chaqueta de su propiedad la cantidad de Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. 5.000), el día que los ciudadanos, supra señalados, irrumpieron en un local que posee donde se encontraban sus pertenencias, en razón a ello y de conformidad con el articulo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en su Primer Aparte se rechaza la Desestimación de la Denuncia presentada por el Ministerio Publico y se ordena que se prosiga .....