Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la defensora Pública Undécima Abogada AURELINA URDANETA LEÓN, actuando con el carácter de defensora del ciudadano NELSON GONZÁLEZ GONZÁLEZ, contra la decisión Nº 0252-07, dictada en fecha 28 de Enero de 2007, por el Juzgado Undécimo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual acordó imponerle al imputado de autos las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.