Con base en los hechos y circunstancias establecidas anteriormente y con fundamento en las disposiciones legales. Por todo o anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CONSTITUIDO DE MANERA MIXTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Admitir la acusación fiscal invocada por la ciudadana Fiscal Trigésima Séptima del Ministerio Público Dra. Josefa Pineda Armenta en contra del adolescente acusado (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLECENTE EN VIRTUD DE LA CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 545 LOPNA) , por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado e el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en perjuicio del ciudadano EDUARDO JOSE GONZALEZ CARDENAS. SEGUNDO: Declara la procedencia de la Institución de la Admisión de los Hech.....