Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos María del Carmen Vega y Jhon Jairo González, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 24.107.304 y 15.870.098, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Ana María Romero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.29.481, fundamentada en el contenido del artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos María del Carmen Vega y Jhon Jairo González, plenamente identificados, en fecha veintinueve (29) de enero de 2003 ante la Prefectura d.....